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La Audiencia se acoge a la amnistía del 77 para tumbar una querella por torturas franquistas en Vía Layetana

La Audiencia se acoge a la amnistía del 77 para tumbar una querella por torturas franquistas en Vía Layetana



La Audiencia de Barcelona ha confirmado el archivo de la querella que los hermanos Ferrándiz presentaron por delitos de torturas y lesa humanidad en la comisaría de Vía Layetana durante el franquismo. La Sección Segunda confirma así lo que ya manifestó el juzgado de instrucción , que los supuestos delitos estarían amparados por la ley de amnistía de 1977 , o, en todo caso, al haberse perpetrado hace más de medio siglo, habrían prescrito. Aunque los de lesa humanidad no prescriben, los magistrados aluden a la amnistía del 77 que, «junto a la Constitución», fueron «importantísimos hitos» para lograr la Transición. Respecto al olvido penal, subrayan que «constituyó un pilar esencial, insustituible y necesario para superar el franquismo» y que «también supuso un importante indicador a los diversos actores sociales, para que aceptaran determinados pasos que habrían de darse en la instauración del nuevo régimen, de forma pacífica, evitando una revolución violenta y una vuelta al enfrentamiento». Incide así la resolución que, precisamente, porque la Transición fue «voluntad del pueblo español, articulada en una ley, ningún tribunal o juez puede, en modo alguno, cuestionar la legitimidad de tal proceso ». Sobre la alusión a la ley de Memoria Democrática , que tanto los querellantes como la Fiscalía esgrimieron en sendos recursos, ya que ésta establece que el Estado garantizará el derecho a la investigación de violaciones de derechos humanos, los magistrados apuntan que, efectivamente, un Estado tiene que tutelar a las víctimas, especialmente «si [los delitos que denuncian] son de la gravedad de los que pudieran configurarse como crímenes contra la humanidad», pero ello no podrá ser «a costa de quebrar la seguridad jurídica». Sostienen, además, que el derecho a la investigación al que alude la ley de Memoria democrática «puede satisfacerse fuera del ámbito de un proceso penal». Por todo ello, rechaza investigar la querella de los Ferrándiz . Una decisión contra la que no cabe recurso. Lo mismo ocurrió en el caso del preso político del franquismo Carles Vallejo , que interpuso la primera querella por torturas en la comisaría de Vía Layetana. El Juzgado de Instrucción 18 de Barcelona archivó la queja que éste presentó por delitos de lesa humanidad y torturas contra seis agentes de la Brigada Político-Social en los 70. A pesar de que la Fiscalía apoyó su admisión, al considerar que «la nueva Ley de Memoria Democrática impone al Estado, desde el ámbito de la justicia, el deber de investigar las violaciones de derechos humanos ocurridas durante la Guerra Civil y la dictadura», la instructora rechazó hacerlo al entender que los hechos habían prescrito y fueron amnistiados por la «legislación vigente» en aquel tiempo. Es decir, con la ley de 1977.



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Author : (abc)

Publish date : 2024-10-03 10:39:07

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